La evolución de los impuestos a empresas digitales en México
A partir de 2020 las empresas como Uber, Airbnb, DiDi, Rappi, Postmates, Ubereats y Cabify pagarán impuestos
En un país con 126,74 millones de habitantes y 83 millones de internautas con algún dispositivo conectado, el crecimiento del uso de apps con servicios de compra abrieron las puertas a empresas digitales internacionales a la región. Su uso y ganancias son ahora una de las preocupaciones en las agendas internacionales. Hacienda de México es uno de los países en unirse a la regularización. A partir de 2020, el Gobierno federal implementará nuevos impuestos de la economía digital de los cuales pretende recaudar al menos 4 mil 394 millones de pesos.
Por los pasados tres años, México ha tomado fuerza en la filas de la digitalización, la población conectada permitió la formación de un ecosistema amigable con las transacciones digitales para servicios de compra, retail, transporte privado, comida a domicilio, pagos de servicios y renta de hospedaje con plataformas digitales y casas en otros países. El crecimiento y ganancias de estas aplicaciones se ha convertido en una preocupación urgente por controlar.
Como propuesta a la economía digital, en 2019, el Gobierno federal puso en la mesa las conversaciones por la implementación de impuestos de miscelánea fiscal. Es decir, la aplicación de disposiciones fiscales emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) con vigencia anual. En la primera ronda de impuestos aplicadas durante 2019, no fue un documento reconocido como ley, sino fueron únicamente una serie de reglas moderadoras entre las autoridades y contribuyentes para evitar todo tipo de irregularidades. La regla 3.11.12 de la Resolución de Miscelánea Fiscal de 2019, el gobierno federal pudo recaudar el ISR e IVA por la contratación de servicios a través de plataformas digitales.
A partir de 2020 las empresas como Uber, Airbnb, DiDi, Rappi, Postmates, Ubereats y Cabify pagarán impuestos en su función en el país ya como parte de un nuevo capítulo completo en la ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR). La Secretaría de Hacienda añadirá al Título IV de la Ley del ISR, el capítulo con residencia en la Sección III, "De los ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares", en la que se indicarán que toda plataforma digital con operación en México y sin establecimiento permanente en la región, deberán retener y entregar cuentas de impuestos al gobierno federal.
La renta o compra de servicios intangibles será aplicada en diferentes categorías, desde descargas de imágenes, videos, juegos, descarga de noticias, etc. Uno de los casos más recientes es la recaudación de ISR e IVA a plataformas digitales de hospedaje como parte de una propuesta de regularización iniciada por la Secretaría de Turismo (Sectur) en febrero de 2018. Aunado a la recaudación de impuestos a plataformas como Homeaway y Airbnb, la nueva modificación a la ley que entrará en vigor a partir del 2020 en México, indica a todas las plataformas sin sede permanente en el país con servicios a cuenta del vendedor, a recaudar impuestos generados en las transacciones dentro de sus plataformas mediadoras a dar cuenta de lo recaudado a la Secretaría de Hacienda.
México está llegando a buen lugar en cuanto al crecimiento de la digitalización, en consecuencia son las entidades encargadas de regular el buen funcionamiento y sana competencia las que deberán fomentar las regulaciones adecuadas para que más empresas nacionales e internacionales compitan en la democracia de la contratación de servicios por Internet.
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